Fiscalidad

Cómo Declarar Inversiones en la Renta 2026: Guía Real (IRPF, Modelo 720 y D-6)

🧾 Acciones, ETFs, fondos, dividendos y cripto: qué declarar, en qué casilla y cuánto pagas (19% a 30%). Plus: cuándo aplica el Modelo 720 y por qué el D-6 ya casi nunca.

Equipo InversorHispano13 min de lectura

Aviso: Algunos enlaces de este artículo son de afiliación. Si abres cuenta a través de ellos recibimos una pequeña comisión sin coste adicional para ti. Esto no influye en nuestro análisis: las comisiones, pros y contras los publicamos tal cual los hemos verificado. Este contenido es informativo y educativo, no constituye recomendación de inversión personalizada. Invertir conlleva riesgo de pérdida total o parcial del capital. Antes de operar, analiza tu situación y, si lo necesitas, consulta a un asesor financiero registrado.

Datos contrastados con fuentes oficiales el 1 de junio de 2026. Las cifras de comisiones, regulación y promociones cambian con frecuencia — verifica siempre en la web oficial del operador antes de operar.

Declarar inversiones asusta más de lo que cuesta. La mayoría de casos se resumen en tres ideas: solo tributas cuando VENDES con ganancia (o cobras dividendos), las ganancias van a la base del ahorro (19% a 30% según importe), y si tu broker es español te lo dan casi todo pre-rellenado. El resto son matices.

Esta guía cubre cómo tributa cada producto (acciones, ETFs, fondos, dividendos, cripto), en qué se diferencian fondos y ETFs fiscalmente, cómo compensar pérdidas, y cuándo tienes obligaciones informativas como el Modelo 720. Importante: esto es información general, no asesoramiento fiscal personalizado — para tu caso concreto, consulta a un asesor o gestoría.

Lo primero: solo tributas cuando vendes (o cobras dividendos)

El error más común del principiante es creer que tiene que declarar por tener acciones o ETFs. No. Comprar y mantener NO genera ningún impuesto. Solo hay evento fiscal cuando:

  1. Vendes con ganancia (plusvalía) — tributas sobre la diferencia entre venta y compra.
  2. Cobras un dividendo — tributa como rendimiento del capital mobiliario.
  3. Vendes con pérdida (minusvalía) — no pagas, y además puedes usarla para compensar ganancias.

Mientras mantienes la posición (aunque suba un 200%), no pagas nada. Por eso los ETFs y fondos de acumulación son fiscalmente eficientes: reinvierten los dividendos sin que pase por tu IRPF hasta que vendas.

La base del ahorro: cuánto pagas (tramos 2026)

Las ganancias de inversión (plusvalías, dividendos, intereses) van a la base del ahorro, que tiene tramos propios distintos de tu nómina [1]:

Tramos de la base del ahorro del IRPF 2026 (renta 2025) — tipo estatal
Ganancia anualTipo a pagar
Hasta 6.000€19%
De 6.000€ a 50.000€21%
De 50.000€ a 200.000€23%
De 200.000€ a 300.000€27%
Más de 300.000€30% (subió desde el 28% en 2025)

Es progresivo por tramos: si ganas 10.000€ vendiendo acciones, los primeros 6.000€ tributan al 19% y los 4.000€ restantes al 21% — no todo al 21%. Para la inmensa mayoría de inversores particulares, el tipo efectivo está entre el 19% y el 21%. El 30% solo afecta a quien gana más de 300.000€ en un año por inversiones.

La diferencia fiscal clave: fondos vs ETFs

Esto es lo que más confunde y lo que más dinero puede ahorrarte (o costarte). En España hay una diferencia fiscal enorme entre un fondo de inversión y un ETF, aunque por dentro repliquen el mismo índice:

Fondos de inversión → traspaso SIN tributar

Puedes traspasar tu dinero de un fondo a otro sin pagar impuestos (régimen de diferimiento, art. 28 Ley 35/2003) [2]. Solo tributas cuando reembolsas (sacas el dinero a tu cuenta) definitivamente. Esto te permite cambiar de estrategia, gestora o nivel de riesgo a lo largo de los años sin que Hacienda te muerda en cada cambio.

ETFs → cada venta tributa

Desde 2022, los ETFs NO se pueden acoger al régimen de diferimiento por traspasos — coticen en la bolsa española o en cualquier bolsa extranjera [3]. Cada vez que vendes un ETF (aunque sea para comprar otro), tributas sobre la ganancia. Funcionan fiscalmente como una acción.

Consecuencia práctica: si crees que vas a querer rebalancear o cambiar de producto a lo largo de los años sin tributar en cada paso, los fondos indexados (vía MyInvestor, Renta 4, Indexa, Finizens) son fiscalmente superiores a los ETFs para el inversor español. Los ETFs siguen siendo válidos, pero pierde la ventaja del traspaso. Ver Mejores ETFs 2026 para principiantes.

Cómo tributa cada producto (resumen)

ProductoCuándo tributasDóndeTraspaso sin tributar
AccionesAl vender con ganancia + dividendosBase del ahorroNo
ETFsAl vender con ganancia + dividendosBase del ahorroNo (desde 2022)
Fondos de inversiónAl reembolsar definitivamenteBase del ahorro
DividendosAl cobrarlosBase del ahorro
CriptomonedasAl vender/permutar con gananciaBase del ahorroNo
Cuenta remunerada / depósitoAl cobrar interesesBase del ahorro

Dividendos: cómo funcionan

Los dividendos tributan como rendimiento del capital mobiliario en la base del ahorro, a los mismos tramos (19%-30%). Tu broker español aplica una retención del 19% en el momento del cobro, que es un adelanto: en la declaración se ajusta según tu tramo real.

Si cobras dividendos de acciones extranjeras, el país de origen suele retener una parte (por ejemplo, EEUU retiene el 15% si firmaste el W-8BEN, o el 30% si no). Esa retención extranjera se puede deducir parcialmente en tu IRPF para evitar la doble imposición, hasta el límite del convenio.

Compensar pérdidas: el truco que poca gente usa

Si un año vendes algo con pérdida, no lo desaproveches: las minusvalías se compensan con las plusvalías del mismo año. Si tras compensar queda saldo negativo, puedes arrastrarlo y compensarlo durante los 4 años siguientes.

Además, puedes compensar hasta un 25% de las pérdidas patrimoniales con los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses) y viceversa. Esto se llama tax loss harvesting y es una herramienta legal de optimización: si tienes una posición en pérdidas que ibas a vender igualmente, hacerlo el mismo año en que tienes ganancias reduce tu factura fiscal.

Cuidado con la regla de los dos meses: si vendes con pérdida y recompras el mismo valor (o uno homogéneo) en los 2 meses anteriores o posteriores, Hacienda no te deja computar esa pérdida hasta que vendas definitivamente. No vale vender y recomprar al día siguiente solo para generar la pérdida fiscal.

Obligaciones informativas: Modelo 720, D-6 y 721

Aquí es donde más mitos circulan. Vamos a aclararlo con la normativa vigente a 2026:

Modelo 720 — bienes en el extranjero

Es una declaración informativa (no pagas nada por presentarla) de bienes y derechos situados en el extranjero. Solo es obligatoria si superas los 50.000€ en alguno de los tres bloques (cuentas, valores, inmuebles), y cada bloque tiene su propio umbral independiente [4]. Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente.

Cómo se mide el umbral de 50.000€ (un matiz que pilla a mucha gente):

  • Cuentas bancarias: cuenta el saldo a 31 de diciembre O el saldo medio del último trimestre del año, lo que sea mayor. Es decir, vaciar la cuenta en diciembre para bajar de 50.000€ no te libra si la media del cuarto trimestre superó esa cifra.
  • Valores (acciones, ETFs, fondos): se valoran solo a 31 de diciembre — aquí no hay media trimestral.

¿Qué brokers cuentan para el 720?

  • Broker extranjero (Trade Republic, DEGIRO, IBKR, eToro): tus valores cuentan para ese umbral.
  • Broker español (MyInvestor, Renta 4, Openbank, Self Bank, ING): tus posiciones se consideran con entidad española → NO cuentan para el 720.
  • XTB (sucursal CNMV): hace retención automática, pero custodia los valores extranjeros fuera y el efectivo en Alemania, así que esos activos SÍ cuentan para el 720.

Las sanciones por no presentarlo cuando es obligatorio son elevadas (desde 1.500€ por dato omitido), así que si superas el umbral, no lo dejes pasar.

Modelo D-6 — ya no aplica al minorista

Durante años se dijo que cualquier inversor con valores en el extranjero debía presentar el Modelo D-6 anual. Eso cambió con el Real Decreto 571/2023 [5]: el D-6 anual de depósitos dejó de ser obligatorio para el inversor minorista con posiciones diversificadas. Hoy solo lo presenta quien posea más del 10% del capital o los derechos de voto de una empresa cotizada extranjera — algo prácticamente imposible para un particular con acciones sueltas. Si alguien te dice que necesitas el D-6 por tener acciones en Trade Republic o DEGIRO, está usando información desactualizada.

Modelo 721 — criptomonedas en el extranjero

Si tienes criptomonedas en un exchange o wallet fuera de España (Binance, Kraken, etc.) por valor superior a 50.000€, debes presentar el Modelo 721 (declaración informativa específica de criptoactivos en el extranjero). Mismo plazo que el 720. Las compras y ventas de cripto con ganancia tributan en la base del ahorro como cualquier otra inversión.

Formulario ETE — solo si mueves mucho volumen

Muy poca gente lo conoce, pero existe una tercera declaración: el formulario ETE del Banco de España (Circular 4/2012). Solo es obligatorio si el volumen total de tus transacciones con el exterior o tus saldos superan 1.000.000€ en el año; por debajo de esa cifra estás exento (salvo que el Banco de España te lo pida expresamente). Para el inversor medio es irrelevante, pero ojo si operas mucho: cuenta el VOLUMEN de transacciones, no tu posición neta, así que un trader muy activo (vender 50.000€ y comprar otros 50.000€ ya son 100.000€ de volumen) puede acercarse al millón sin darse cuenta. Se presenta del 1 al 20 de enero por la sede electrónica del Banco de España.

Plazo y cómo se presenta

La declaración de la renta 2025 se presenta entre abril y el 30 de junio de 2026 (el plazo exacto lo fija la AEAT cada año, habitualmente arranca a primeros de abril). Si tu broker es español, la mayoría de datos ya vienen en el borrador y solo tienes que revisarlos. Si usas brokers extranjeros, tendrás que añadir las plusvalías y dividendos manualmente en las casillas de la base del ahorro (tu broker te da un informe fiscal anual descargable que facilita el cálculo).

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar si solo he comprado y no he vendido nada?+

No, comprar y mantener no genera ningún impuesto. Solo tributas cuando vendes con ganancia, reembolsas un fondo, o cobras dividendos/intereses. Eso sí: si tienes más de 50.000€ en brokers extranjeros, debes presentar el Modelo 720 (informativo) aunque no hayas vendido nada — es solo declarar la titularidad, no pagar.

¿Cuánto pago por vender acciones con ganancia?+

Tributas en la base del ahorro del IRPF según tramos: 19% hasta 6.000€ de ganancia anual, 21% de 6.000€ a 50.000€, 23% de 50.000€ a 200.000€, 27% de 200.000€ a 300.000€ y 30% por encima. Para casi todos los inversores particulares, el tipo efectivo es del 19-21%. Solo pagas sobre la GANANCIA (venta menos compra), no sobre el total vendido.

¿Por qué los fondos indexados son mejores fiscalmente que los ETFs?+

Porque los fondos de inversión permiten traspasos sin tributar (régimen de diferimiento, Ley 35/2003): puedes cambiar de un fondo a otro sin pagar impuestos hasta que reembolses definitivamente. Los ETFs NO se acogen a ese régimen desde 2022, así que cada venta tributa aunque sea para comprar otro ETF. Si vas a rebalancear o cambiar de producto a lo largo de los años, los fondos indexados (vía MyInvestor, Indexa, Finizens) te ahorran impuestos en cada cambio.

¿Necesito el Modelo D-6 si invierto con Trade Republic o DEGIRO?+

No en la práctica. Tras el Real Decreto 571/2023, el Modelo D-6 anual dejó de ser obligatorio para el inversor minorista con posiciones diversificadas: solo lo presenta quien tenga más del 10% de una empresa cotizada extranjera. Lo que SÍ puede aplicarte es el Modelo 720, si el conjunto de tus cuentas y valores en el extranjero supera 50.000€.

¿Cómo declaro dividendos de acciones americanas?+

Los dividendos tributan en la base del ahorro (19-30%). EEUU retiene en origen el 15% si firmaste el formulario W-8BEN (o el 30% si no lo firmaste). Esa retención extranjera la puedes deducir en tu IRPF para evitar la doble imposición, hasta el límite del convenio España-EEUU (15%). Por eso es importante firmar el W-8BEN al abrir cuenta en un broker que opere con acciones estadounidenses.

Vendí con pérdidas este año. ¿Sirve de algo?+

Sí. Las pérdidas patrimoniales se compensan con las ganancias del mismo año, reduciendo lo que pagas. Si tras compensar queda saldo negativo, lo puedes arrastrar y compensar en los 4 años siguientes. Ojo a la regla de los 2 meses: si recompras el mismo valor dentro de los 2 meses antes o después de la venta con pérdida, no puedes computar esa pérdida hasta venderlo definitivamente.

¿Las criptomonedas se declaran igual que las acciones?+

Las ganancias por vender o permutar cripto tributan en la base del ahorro (19-30%), igual que las acciones. Además, si tienes criptomonedas en un exchange o wallet fuera de España por más de 50.000€, debes presentar el Modelo 721 (declaración informativa de criptoactivos en el extranjero), con plazo del 1 de enero al 31 de marzo.

¿Cuándo se presenta la declaración de la renta 2025?+

Entre abril y el 30 de junio de 2026 (el inicio exacto lo fija la AEAT cada año, normalmente a primeros de abril). Si tu broker es español, los datos vienen pre-rellenados en el borrador. Con brokers extranjeros tendrás que añadir manualmente las plusvalías y dividendos en las casillas de la base del ahorro, usando el informe fiscal anual que te proporciona el broker.

Resumen ejecutivo

  • Solo tributas al vender con ganancia o cobrar dividendos — mantener no genera impuestos.
  • Base del ahorro 2026: 19% (hasta 6.000€), 21% (6.000-50.000€), 23%, 27% y 30% (>300.000€). La mayoría paga 19-21%.
  • Fondos permiten traspaso sin tributar; ETFs no (desde 2022). Para rebalancear sin coste fiscal, fondos indexados.
  • Broker español = retención automática + borrador pre-rellenado. Extranjero = declaras a mano.
  • Modelo 720 solo si >50.000€ en el extranjero. Modelo D-6 ya no aplica al minorista (RD 571/2023). Modelo 721 para cripto en el extranjero >50.000€.
  • Compensa pérdidas con ganancias (mismo año + 4 siguientes).

Si todavía estás eligiendo dónde invertir con la fiscalidad más simple, mira Mejores Brokers Españoles 2026 (sin Modelo 720). Si empiezas de cero, Cómo invertir desde 100€.

Sobre este contenido

Transparencia de afiliación. Algunos enlaces de este artículo son de afiliación. Si abres cuenta a través de ellos recibimos una pequeña comisión sin coste adicional para ti. Esto no influye en nuestro análisis: las comisiones, pros y contras los publicamos tal cual los hemos verificado.

Disclaimer financiero. Este contenido es informativo y educativo, no constituye recomendación de inversión personalizada. Invertir conlleva riesgo de pérdida total o parcial del capital. Antes de operar, analiza tu situación y, si lo necesitas, consulta a un asesor financiero registrado.

Datos contrastados. Las cifras de este artículo (comisiones, regulación, promociones, productos disponibles) fueron contrastadas con la web oficial del operador y fuentes secundarias (KIDs, Rankia, Finect) el 1 de junio de 2026. Los productos financieros cambian condiciones con frecuencia: verifica siempre antes de tomar una decisión.

Artículos relacionados que pueden interesarte ahora mismo.